P.- El PSOE acaba de readmitir a Juan Negrín a título póstumo, lo que constituye una rehabilitación política tras décadas de demonización. Queda la reparación por el saqueo del patrimonio familiar en el franquismo en Las Palmas de Gran Canaria...
R.- Sí. El régimen surgido en España en 1939 llevó a cabo, entre otras cosas, encarcelamientos masivos de población civil y un traspaso de propiedad generalizado de las familias que habían sostenido al Gobierno de la República a las de los sublevados a través de confiscaciones. En el caso de la familia Negrín estos bienes fueron puestos bajo control del Estado y cuando se levantó a finales de los años 1950 la intervención el despojo era absoluto. El de Negrín es uno más. Y, en efecto, parte de la familia está en acciones judiciales para recuperar algunos bienes de Negrín Cabrera [padre de Juan Negrín]. Los mecanismos [para esta apropiación] fueron varios. Hubo corrimientos de lindes [expedientes catastrales de ampliación de cabida] de [propietarios de solares] colindantes en un momento en el que la familia Negrín estaba en una situación de indefensión absoluta. Y luego [los colindantes] encontraron jueces complacientes. En España lo que se ha aprobado es la restitución de bienes a partidos y sindicatos, no a las personas, que han de ir caso por caso.
P.- ¿Y tiene ustedes identificados a los titulares actuales de los bienes inmuebles que reclaman como de los Negrín?
R.- Bueno, tenemos identificadas las superficies.
P.- Pues entonces tienen a los titulares, por el Catastro.
R.- Supongo pero, repito, hay acciones judiciales en curso...
P.- ¿Cómo han ido las restituciones patrimoniales en los países en que se ha llegado a más?
R.- En Sudáfrica, por ejemplo, hubo a comienzos del siglo XX, en 1905 ó 1910, una confiscación de bienes amplia por razones de raza. Cien años después, cuando acabó el apartheid, el Gobierno sudafricano ordenó una restitución. Y ésta se está produciendo. Otro caso es Europa Oriental, donde se está restituyendo o indemnizando a personas cuyos bienes fueron confiscados [por regímenes comunistas en 1945].
P.- En España no se investigaron los crímenes del franquismo para asegurar una Transición tranquila. Con todo, treinta años después se sigue casi igual, ha habido algunas leyes...
R.- España es el único país de Europa en el que los crímenes contra la Humanidad cometidos en un régimen de dictadura no han sido ni siquiera simbólicamente investigados ni juzgados. Lo han sido en Grecia [los de la dictadura de los coroneles], en Portugal [los del régimen de Salazar]. En Alemania entraron en vigor en 1998 y 2002 normas por las que se están eliminando ahora del sistema judicial alemán las sentencias injustas dictadas con el Tercer Reich por jueces que, al pronunciarlas, participaban en los "crímenes del gobierno".
P.- Sin embargo, el marco legal español permite investigar los crímenes del franquismo. Lo que hay es un entorpecimiento activo del poder judicial.
R.- En España ni siquiera se ha hecho la identificación de las personas que fueron detenidas o fusiladas [a partir de 1939], que están en torno a 150.000. Somos una excepción. Y, en efecto, las leyes vigentes establecen la obligación [de investigar]. Pero a raíz de la primera investigación abierta [por el juez Baltasar Garzón] ha habido varias iniciativas para cerrarla. Una, la de una asociación simpatizante del régimen franquista, Manos Limpias, que trata de que se castigue al juez por la decisión de admitir a trámite una demanda de familiares de víctimas. Y la otra es la decisión de la Audiencia Nacional, a instancias de la Fiscalía del Estado, que entiende que el juez no es competente. Y la cuestión está ahora en debate en el Tribunal Supremo. Y su decisión no es la última, pues, según lo que adopten, el Constitucional puede tener oportunidad de pronunciarse y también el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
P.- ¿Irán a Estrasburgo?
R.- Lo ideal es que el Supremo lo resuelva. Pero, si no, lo decidirá el Constitucional o el Tribunal de Estrasburgo. Además, la situación es anómala, porque le dicen al juez que no tiene competencias pero no dicen quién la tiene, con lo cual el resultado es que quienes están pidiendo justicia no tiene juez en toda España al que acudir. Las víctimas del franquismo tienen la posibilidad de recurrir al tribunal de Estrasburgo para que condene la prohibición, en su caso.
P.- En paralelo las Cortes han aprobado una modificación legal que restringe la investigación judicial en España de crímenes contra la Humanidad.
R.- Es un intento de restricción. Lo que se pretende es que, en paralelo a los intentos por recortar la investigación de crímenes de lesa humanidad cometidos en España [durante el franquismo], se limite igualmente la capacidad de los tribunales españoles para investigar este tipo crímenes cometidos fuera [de España]. Claro que ahora hay que esperar a ver cómo actúan los tribunales porque [la modificación legal] es interpretable. Y, además, España ha firmado el Convenio de Ginebra, que está siempre por encima. Se ha complicado el debate.
P.- ¿Es curioso que sea el Gobierno socialista, que ha hecho de los derechos civiles una bandera, el que promueva esto?
R.- Sí, es paradójico que el Gobierno español haya resistido las presiones de Estados Unidos en la etapa de Bush contra el establecimiento de una jurisdicción penal internacional y ahora, que ese país ha cambiado de línea, la restricción venga de España.
P.- El caso Pinochet, en el que usted participó activamente, fue un hito. ¿Pero cuál ha sido, a su juicio, su alcance real?
R.- Cuando el caso Pinochet se abrió en España en 1996 los tribunales chilenos estaban cerrados a las denuncias de las víctimas de la Dictadura. Tras el caso en España hoy hay más de 350 oficiales militares que han sido investigados por crímenes por tribunales chilenos. Y cincuenta han sido juzgados y condenados, diez a perpetuidad. El resto está en espera de juicio. Ésa es la contribución de España. La jurisdicción universal es procedente en los casos en que los tribunales del país en que se cometieron los crímenes no quieran o no puedan investigar. Pero lo ideal es que sean éstos. De hecho, tienen siempre prioridad. Lo que la jurisdicción universal permite es suplir la inactividad.
P.- Entonces, si siguen los tribunales españoles cerrados a los crímenes del franquismo, los familiares podrían ahora recurrir en Francia, por ejemplo.
R.- A un tribunal que puede ejercitar la jurisdicción universal. Claro que la jurisdicción universal es de desarrollo reciente, de finales de los años noventa. Está naciendo. Y no todo el mundo, además, está en condiciones de iniciar un procedimiento. La idea, en todo caso, es que con las leyes democráticas actuales en España la impunidad [en los crímenes del franquismo] no tiene que continuar, tienen que abrirse los tribunales y comenzar a investigar y juzgar los hechos.
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(*) Joan E. Garcés (Llíria, Valencia, 1944). Licenciado en derecho, Doctor en ciencias políticas, jurista y profesor de relaciones internacionales
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