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jueves, 13 de mayo de 2010

URGE UNA REFORMA DE LA LEY DE BASES DE RÉGIMEN LOCAL ( EN EL MARCO DEL NECESARIO Y DESEABLE AJUSTE, PERO EN LA CLASE POLÍTICA Y SUS ALLEGADOS)

La Ley de Bases es la norma básica por la que se rige el funcionamiento de los Ayuntamientos. En ella se regulan las competencias y responsabilidades de la administración, los servicios que debe prestar en función del número de habitantes, los órgans necesarios para su funcionamiento...pero no se regulan aspectos como los salarios de los cargos públicos y de los llamados "personal de confianza", o personal eventual de libre designación.

En estos momentos de ajuste, no afrontar la reforma de aspectos como la regulación de las retribuciones de l@s Concejales  y Concejalas es una debe que, además de agravar la crisis, supone una mofa y un insulto hacia los ciudadan@s.
Incluir un capítulo dedicado a establecer criterios objetivos mediante los cuales acordar las retribuciones máximas se presenta como una urgencia pues, no se puede exigir un esfuerzo a l@s trabajadores y trabajadoras, sin predicar con el ejemplo ( y el 15% es, además de simbólico, irrelevante y hasta insultante).

Debe primar el criterio de racionalidad, o lo que es lo mismo: que el número de habitantes, la valoración de los servicios a los que está obligado el Ayuntamiento, el salario mínimo vigente, etc, sirva como elemento de valoración para asignar retribuciones. Otra cuestión son los cargos de confianza.
Estos, deben ser la mínima expresión y, como requisito ( no solo la afinidad política) debe establecerse igualmente una valoración profesional. Es del todo punto ilógico que ocupen estos "asesores" puestos remunerados financiados por tod@s l@s ciudadan@s y remunerados muy por encima de trabajadores y trabajadoras que han superado severos procesos de oposición.

Si, por ejemplo, nuestro Ayuntamiento tubiera que ceñirse a una legislación concreta, el Alcalde/Diputado no podría tener dos salarios ( como Alcalde y como Diputado), el concejal sin dedicación, y que puede compaginar su labor institucional con sus intereses privados no podría cobrar muy por encima de un/a trabajador o trabajadora municipal. Si existiese una regulación concreta, en el ámbito del que hablamos, no podrían existir, en un gobierno municipal compuesto por once miembros, diez con dedicación exclusiva. No podrían existir Concejales y Concejalas que cobrasen por encima del mínimo interprofesional por el mero hecho de ser cargo público, o más de lo que percibía en su trabajo personal por dedicarse a defender una posición política.

Esa necesaria reforma de la Ley de Bases de Régimen Local debe ser liderada por la izquierda, pues nuestros valores, los que se presuponen a los hombres y mujeres de izquierdas, deben primar sobre cualquier otro tipo de interés. Y, no vale apelar a la responsabilidad: este, es un concepto que se asume por convicción y no por interés.

En estos tiempos de penunbra para la administración local, es inaceptable que en un Ayuntamiento de 28.000 habitantes, los salarios de los políticos asciendan a más de 500.000 euros al años, y la de los allegados con carnet del partido en el gobierno, más de 250.000. Este déficit, no solo es económico, sino claramente, un déficit democrático.

SALUD Y SOCIALISMO.

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