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EL HERMANO PEQUEÑO DE RECUPERANDO IDEAS.

martes, 3 de agosto de 2010

OTRA APORTACIÓN AL DEBATE SOBRE LA REFORMA LABORAL

Son conocidos los nudos esenciales de la contrarreforma laboral aprobada en el Parlamento español el pasado 29 de julio con los votos del PSOE y las abstenciones pactadas de CiU y PNV [1]: las empresas podrán despedir por “causas objetivas” –veinte días de indemnización- si tiene pérdidas, prevé incurrir en ellas o por una caída persistente de ingresos que puedan afectar a su futuro o a su capacidad de mantener el volumen de empleo; el Estado, es decir, el conjunto de la ciudadanía, pagará parte de la indemnización (ocho días de salario por año trabajado) en el caso de las extinciones de los contratos indefinidos, ordinarios o de fomento del empleo; se amplia el terreno en el que pueden actuar las ETT, esas conocidas agencias de la explotación insaciable; se reduce el umbral medio que justifica el despido por absentismo,…

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