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EL HERMANO PEQUEÑO DE RECUPERANDO IDEAS.

martes, 20 de julio de 2010

L'ALACANTÍ, UNA REALIDAD A RECUPERAR.

La Mancomunidad de L'Alacantí existe. Es un órgano creado e infrautilizado del que forman parte Alicante, El Campello, Sant Joan, Mutxamel y Agost ( faltaría integrar a Xixona, La Torre, Aigües y Busot). Las competencias son amplias pero el interés en desarrollarlo parece estrecho. Las competencias son:

ARTÍCULO 11.- 1. Las competencias iniciales de la Mancomunidad son las siguientes:
a) Asistencia técnica a los municipios mancomunados.
b) Recogida de perros y gatos callejeros.
c) Desinfección, desinsectación, fumigación y desratización.
d) Estación Depuradora del Monte Orgegia y las obras y servicios
complementarios de la misma.
e) Actividades culturales y deportivas.
f) Formular avances de Planes y anteproyectos parciales que sirvan de
orientación a la redacción de los Planes Municipales de Ordenación sobre las
bases aceptadas en principio.
g) Solicitar que se formule o redacte un Plan Director Territorial de
Coordinación, intervenir en su elaboración y, en el supuesto de que se le
encomiende, proceder a la propia redacción.
2. Además de las actuaciones correspondientes a las competencias iniciales, la
Mancomunidad podrá desarrollar otras en las siguientes materias:
a) Patrimonio histórico-artístico.
b) Protección del medio ambiente.
c) Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores.
d) Protección de la salubridad pública.
e) Participación en la gestión de la atención primaria de la salud.
f) Cementerios y servicios fúnebres.
g) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.
h) Suministro de agua.
i) Alcantarillado.
j) Tratamiento de aguas residuales.
k) Tratamiento de residuos sólidos.
l) Transporte público de viajeros.
m) Instalaciones culturales y deportivas.
n) Ocupación del tiempo libre.
o) Turismo.
p) Redactar Planes Municipales de Ordenación Urbana de Conjunto, sean
generales, parciales o de otro tipo, con tal de que afecten a más de un término
municipal del ámbito territorial de la Mancomunidad.
q) El desarrollo y la gestión de los asuntos de la competencia urbanística
municipal que afecten, al menos, a los territorios de dos municipios
mancomunados.
r) Realizar obras de infraestructura y dotación de servicios en áreas o polígonos
determinados de actuación urbanística.
s) Promover y gestionar urbanizaciones.
t) Elaborar y ejecutar el planeamiento de carácter intermunicipal.
u) Ejecutar o conservar obras urbanísticas y desarrollar servicios
complementarios en áreas o polígonos pertenecientes a más de un término
municipal, cuando se constituyan nuevos núcleos urbanos.

Como podemos ver, un ámplio espectro de trabajo coordinado que está por explorar.

En los municipios que integran la Mancomunidad, L@s Socialistas tenemos un campo de actuación que puede permitirnos, economizando esfuerzos, coordinar y racionalizar las actuaciones desde la premisa de la austeridad pero con el compromiso en la prestación de servicios de forma solidaria. Si no somos capaces de visualizar nostros y hacer trascender las potencialidades de éste órgano inter municipal, estaremos perdiendo una interesante oportunidad de construir Comarca sobre unas sólidas bases.
El papel de la Diputación Provincial como órgano de transferencia de competencias al órgano comarcal es otro de los asuntos que deberemos de abordar de forma colectiva para dotar a la institución "ademocrática" provincial de un sentido practico, restándole progresivamente el carácter que en la actualidad tiene como organismo centralista y centralizador de actuaciones que en su mayoría podrían desarrollar los municipios asociados solidariamente.
Es una propuesta que deberíamos contemplar, no solo por operatividad, sino como apuesta política cercana y tangible de construcción Comarcal, un escalón dentro de ese Estado descentralizado y federal que defendemos.

Salud y Socialismo.

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